Proditel como proveedor de redes y servicios de telecomunicaciones garantiza la seguridad de la red y la integridad del servicio, para evitar la interceptación, interrupción e interferencia del mismo y hemos tomado las respectivas medidas de seguridad de conformidad con las normas aplicables y de acuerdo a los siguientes aspectos:
1. Principio de Autenticación: Es la verificación de la identidad tanto de usuarios, dispositivos, servicios y aplicaciones. La información utilizada para la identificación, la autenticación y la autorización debe estar protegida. El acceso a la red está restringido a los usuarios de acuerdo con una contraseña y una clave. Además se autentica el equipo del cliente mediante la MAC.
2. Principio de Acceso: Es prevenir la utilización no autorizada de un recurso, por eso el control de acceso debe garantizar que sólo los usuarios o los dispositivos autorizados puedan acceder a los elementos de la red, la información almacenada, los flujos de información, los servicios y aplicaciones. El acceso a la red está restringido a los usuarios de acuerdo con una contraseña y una clave. Además se autentica el equipo del cliente mediante la MAC. Estas funciones se llevan a cabo en el enrutador de borde.
3. Servicio de No repudio: Tiene como objeto recolectar, mantener, poner a disposición y validar evidencia irrefutable sobre la identidad de los remitentes y destinatarios de transferencias de datos. Cuando sea solicitado, se puede monitorear y almacenar la información que permite la trazabilidad de una comunicación entre un remitente y un destinatario.
4. Principio de Confidencialidad de datos: Proditel asegura la protección y la garantía que la información no se divulgará ni se pondrá a disposición de individuos, entidades o procesos no autorizados.
5. Principio de Integridad de datos: Proditel garantiza en su red la exactitud y la veracidad de los datos, protegiéndolos contra acciones no autorizadas de modificación, supresión, creación o reactuación, e informará de las acciones no autorizadas, cuando tenga conocimiento, incluso a las autoridades competentes.
6. Principio de Disponibilidad: Es garantizar que las circunstancias de la red no impidan el acceso autorizado a los elementos de la red, la información almacenada, los flujos de información, los servicios y las aplicaciones.
Proditel no BLOQUEARÁ el acceso a páginas Web o el uso de aplicaciones en la red, sin el consentimiento expreso del usuario, salvo en aquéllos casos en que por disposición legal o reglamentaria estén prohibidas o su acceso sea restringido.
NEUTRALIDAD DEL SERVICIO
Proditel, como proveedor de redes y servicios de telecomunicaciones, en desarrollo de la neutralidad del servicio, CUMPLE con los siguientes principios:
1. Principio de libre elección. El usuario podrá en forma libre utilizar, enviar, recibir u ofrecer cualquier contenido, aplicación o servicio a través de Internet, salvo en los casos que por disposición legal u orden judicial estén prohibidos o su uso se encuentre restringido. Además, el usuario podrá utilizar en forma libre cualquier clase de instrumento, dispositivos o aparatos en la red, siempre que sean legales y que los mismos no dañen o perjudiquen la seguridad de la red o la calidad del servicio.
2. Principio de no discriminación. Brindará un trato igualitario a los contenidos, aplicaciones y servicios, sin ningún tipo de discriminación arbitraria, en especial en razón al origen o propiedad de los mismos, sin embargo, podrán hacer ofertas según las necesidades de los segmentos de mercado o de sus usuarios de acuerdo con sus perfiles de uso y consumo, lo cual no se entenderá como discriminación.
3. Principio de transparencia. Presentará periódicamente sus políticas de gestión de tráfico a los usuarios y a otros proveedores que tengan acceso a su red.
4. Principio de Información. Informará al usuario de toda la información asociada a las condiciones de prestación del servicio incluida velocidad, calidad, prácticas de gestión de tráfico relativas a cada plan ofrecido o acordado, en los términos dispuestos en la Resolución 5050 de 2016, de la Comisión de Regulación de Comunicaciones.
PRÁCTICAS DE GESTIÓN DE TRÁFICO
PRODITEL podrá implementar medidas de gestión de tráfico
razonables y no discriminatorias respecto de algún proveedor,
servicio, contenido o protocolo específico.
Las prácticas de gestión de tráfico están destinadas a:
Aplicar medidas para reducir o mitigar los efectos de la
congestión sobre la red, por ejemplo balanceo de carga,
incremento del ancho de banda disponible, entre otras.
Asegurar la seguridad e integridad de las redes, introduciendo y
actualizando permanentemente equipos y/o programas como
FIREWALLs, ANTIVIRUS;
Asegurar la calidad del servicio a los usuarios, revisando
constantemente el flujo de tráfico de cada nodo de la red en
nuestro Centro de Gestión y Soporte Técnico.
En caso de ser necesario, priorizar tipos o clases genéricas de
tráfico en función de los requisitos de calidad de servicio (Qo)
propias de dicho tráfico, tales como latencia y retardo de esto
Entre otras aplicaciones tales como vídeo y voz.
Para proporcionar servicios o capacidades de acuerdo con la
elección de los usuarios, que atiendan los requisitos técnicos,
estándares o mejores prácticas adoptadas por iniciativas de
gobernanza de Internet u organizaciones de estandarización.
Ejemplo plataformas de vídeo, video-conferencia, voz sobre IP,
aplicaciones educativas, etc.
En todo caso, PRODITEL solo aplica prácticas de gestión de red
cumpliendo con lo previsto en la recomendación UIT-T X.700 y
aquéllas que la complementen, modifiquen o sustituyan.
Los proveedores de redes y servicios de acceso a Internet
durante la ocurrencia de pandemias declaradas por la
Organización Mundial de la Salud con incidencia en Colombia, en
los términos de lo previsto en el parágrafo segundo del
artículo 56 de la Ley 1450 de 2011, adicionado por el Decreto
55 de 2020, concordado con el Decreto 417 de 2020, podrán
priorizar el tráfico, para garantizar el acceso del usuario a
contenidos o aplicaciones relacionados con los servicios de
Salud, las páginas gubernamentales y el sector público, el
desarrollo de actividades laborales, de educación y el ejercicio
de derechos fundamentales, con arreglo a lo dispuesto en el
ANEXO 2.9 DEL TÍTULO DE ANEXOS DE LA RESOLUCIÓN CRC 5050
PRIORIZACION DE TRÁFICO
PRODITEL no lleva a cabo conductas de priorización, degradación
o bloqueo que contravengan las normas regulatorias relativas a
la neutralidad de la red neutralidad de la red, gestión y
priorización de tráfico y en especial con los establecido en la
Resolución 3502 del 2011, compilada en la resolución CRC5050 del
2016, TITULO II, capítulo 9.